Decreto Nº1 del 2010 sobre la Actividad Empresarial y Productiva
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Decreto Nº1 del 2010 sobre la Actividad Empresarial y Productiva
Decreto Nº1 del 2010 sobre la Actividad Empresarial y Productiva
Ante la necesidad de ir implementando todos los puntos del programa electoral que la Presidencia se comprometió en hacer entrar en vigor, se incluye el presente Decreto que regula el marco básico productivo y de consumos obligatorios por parte de la ciudadanía asgaria.
Artículo 1. Cada ciudadano activo de Asgaria consumirá obligatoriamente las cantidades de 1.000 de Comida y 1.000 de Agua por semana.
Artículo 2. Tanto las empresas como los empleados, podrán producir hasta 1.000 productos por turno, a elección propia o por orden de los patronos, sin necesidad de usar el anterior sistema de lanzamiento de dados.
Artículo 3. Las empresas y empleados deberán tener en cuenta el presupuesto disponible, ya que al producir costearán de inmediato el gasto en producción que genera cada artículo.
Artículo 4. Cada microestado tiene libertad para administrar como considere oportuno los consumos obligatorios por ciudadano, pudiendo de esta manera aumentar la obligatoriedad bien de alimentos, agua o cualquier otro producto como estime oportuno. El Gobierno Federal no se hará de ninguna forma responsable de posibles fallos derivados de la toma de este tipo de decisiones.
Artículo 5. La Plaza Asgaria será el lugar en donde las empresas ofrecerán sus productos y los ciudadanos podrán adquirirlos.
Artículo 6. Se establece la jornada laboral máxima permitida de 5 turnos por día.
Artículo 7. Los días sábado y domingo serán considerados festivos.
Artículo 8. El Ministerio de Economía, Finanzas y Producción se encargará de los cálculos relativos al costo global de pago de impuestos y otro tipo de trabas burocráticas para agilizar y facilitar a la ciudadanía la creación y mantenimiento de empresas.
Cláusula Adicional: La Presidencia de Asgaria solicita a los medios de comunicación micronacionales que expliquen con un lengaje claro y diáfano las nuevas reformas implementadas a través del presente Decreto, para que la ciudadanía comprenda sus nuevos derechos y obligaciones, y se anime a crear y mantener empresas.
En Asgaria, a 23 de enero de 2010
Esteban Navas.
Ante la necesidad de ir implementando todos los puntos del programa electoral que la Presidencia se comprometió en hacer entrar en vigor, se incluye el presente Decreto que regula el marco básico productivo y de consumos obligatorios por parte de la ciudadanía asgaria.
Artículo 1. Cada ciudadano activo de Asgaria consumirá obligatoriamente las cantidades de 1.000 de Comida y 1.000 de Agua por semana.
Artículo 2. Tanto las empresas como los empleados, podrán producir hasta 1.000 productos por turno, a elección propia o por orden de los patronos, sin necesidad de usar el anterior sistema de lanzamiento de dados.
Artículo 3. Las empresas y empleados deberán tener en cuenta el presupuesto disponible, ya que al producir costearán de inmediato el gasto en producción que genera cada artículo.
Artículo 4. Cada microestado tiene libertad para administrar como considere oportuno los consumos obligatorios por ciudadano, pudiendo de esta manera aumentar la obligatoriedad bien de alimentos, agua o cualquier otro producto como estime oportuno. El Gobierno Federal no se hará de ninguna forma responsable de posibles fallos derivados de la toma de este tipo de decisiones.
Artículo 5. La Plaza Asgaria será el lugar en donde las empresas ofrecerán sus productos y los ciudadanos podrán adquirirlos.
Artículo 6. Se establece la jornada laboral máxima permitida de 5 turnos por día.
Artículo 7. Los días sábado y domingo serán considerados festivos.
Artículo 8. El Ministerio de Economía, Finanzas y Producción se encargará de los cálculos relativos al costo global de pago de impuestos y otro tipo de trabas burocráticas para agilizar y facilitar a la ciudadanía la creación y mantenimiento de empresas.
Cláusula Adicional: La Presidencia de Asgaria solicita a los medios de comunicación micronacionales que expliquen con un lengaje claro y diáfano las nuevas reformas implementadas a través del presente Decreto, para que la ciudadanía comprenda sus nuevos derechos y obligaciones, y se anime a crear y mantener empresas.
En Asgaria, a 23 de enero de 2010
Esteban Navas.
Esteban Navas- Mensajes : 359
Puntos : 626
Fecha de inscripción : 11/11/2009
Localización : Asgaria
Re: Decreto Nº1 del 2010 sobre la Actividad Empresarial y Productiva
Entonces queda abolida la tabla del SEA? puesto que mil de alimentos por semana supone 1000 kg. Y sería un gasto enorme para cualquier ciudadano de Asgaria alimentarse.
Antes se consumía 1 kg por día, y 3 lts de agua. O algo por el estilo. Si bien no se aplicó en lo práctico, la teoría del SEA era esa.
Pregunto porque entonces debemos comenzar por reformar los costos de producción de todos los bienes.
Saludos
Antes se consumía 1 kg por día, y 3 lts de agua. O algo por el estilo. Si bien no se aplicó en lo práctico, la teoría del SEA era esa.
Pregunto porque entonces debemos comenzar por reformar los costos de producción de todos los bienes.
Saludos
Luis Saint Meran- Mensajes : 675
Puntos : 1252
Fecha de inscripción : 09/09/2009
Edad : 32
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